El nuevo Programa PAREER II subvenciona mejoras de una letra en la Calificación Energética de edificios existentes a través de, por ejemplo, la mejora de aislamiento térmico.

El PAREER II va dirigido a comunidades de propietarios, empresas y la administración.

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) publicó el 21 de diciembre en el BOE nº 309 la segunda convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes (PAREER II), dotado con 125 millones de euros.

Logotipo PAREER II

Qué cubren las ayudas

Las ayudas van dirigidas a obras de rehabilitación de edificios existentes que consigan mejorar una letra su calificación energética mediante al menos una de las siguientes actuaciones:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación
  • Sustitución de energía convencional por energía solar térmica
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica

Para quién son las ayudas

Los destinatarios de las ayudas podrán ser:

  • Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, siempre que tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
  • Las empresas de servicios energéticos.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas a la mejora de la envolvente térmica consisten en una subvención a fondo perdido de hasta un 40%, y un 60% en un crédito blando (pago en 12 años al Euribor + 0%, con un año opcional de carencia).

Como novedad, los beneficiarios podrán contar con un anticipo del 40% de la ayuda concedida.

Otras condiciones

  • El edificio deberá ser anterior a 2007
  • La cuantía de las obras deberá estar entre 000 y 4.000.000 €
  • En caso de comunidades de propietarios, al menos el 70% de la superficie
  • sobre rasante deberá tener uso residencial vivienda
  • Las obras no podrán haberse iniciado antes de la entrada en vigor del programa.
  • No se subvencionará ningún coste facturado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
  • La solicitud y documentación deberán presentarse a través de la sede electrónica del IDAE.
  • El representante deberá tener firma electrónica.

Más información

Puede consultar la página web del IDAE:

http://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-rehabilitacion-de-edificios-programa-pareer/segunda-convocatoria-del

Atención de consultas en el Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER):

Descargar Preguntas frecuentes PAREER II

Descargar Diferencias entre antiguas bases PAREER-CRECE y las nuevas bases PAREER II

Descargar Documentos a aportar según el tipo de beneficiario

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