El IVA en rehabilitación y reforma: actualización octubre 2025

AISLA pone a disposición de los asociados la versión actualizada del documento “El IVA en Rehabilitación y Reforma” (octubre 2025), una guía práctica que detalla en qué casos puede aplicarse el tipo reducido del 10 % de IVA en obras de rehabilitación y reforma de viviendas. Esta actualización es especialmente relevante para instaladores y empresas del sector del aislamiento, que con frecuencia participan en obras de mejora energética o acondicionamiento de edificios y necesitan conocer con precisión cómo aplicar la fiscalidad correspondiente.

Fachada de edificio en proceso de rehabilitación con andamios y paneles de aislamiento térmico bajo un cielo azul.

Novedades principales

El nuevo documento incorpora los criterios más recientes de la Agencia Tributaria y novedades normativas de interés para el sector, entre ellas:

  • La Respuesta Vinculante del Ministerio de Hacienda a AISLA (septiembre 2025), que aclara diversos aspectos interpretativos sobre la aplicación del tipo reducido.
  • La Sentencia del Tribunal Supremo 82/2025, que determina que ya no es imprescindible disponer de cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación para aplicar el 10 %, siempre que se acredite la aptitud del inmueble como vivienda mediante cualquier prueba válida en derecho.

Estos cambios aportan mayor seguridad jurídica a los instaladores y promueven la correcta aplicación del IVA en las obras de mejora de la eficiencia energética.

Obras de rehabilitación: requisitos para aplicar el 10 %

Se considera obra de rehabilitación aquella que afecta de manera significativa a la estructura, fachada o cubierta de un edificio de uso residencial. Para poder aplicar el tipo reducido del 10 %, deben cumplirse simultáneamente las siguientes condiciones:

  1. La intervención se realiza sobre un inmueble destinado al uso de vivienda, al menos en un 50 % de su superficie.
  2. El destinatario de la obra es una persona física o una comunidad de propietarios (no una empresa, promotora o constructora).
  3. El importe total de las obras (sin IVA) supera el 25 % del coste de adquisición o del valor de mercado de la edificación, excluido el valor del suelo.
  4. Más del 50 % del coste total corresponde a actuaciones estructurales, de envolvente o mejoras energéticas.

Entre las actuaciones consideradas análogas o conexas a la rehabilitación, se incluyen expresamente las de mejora de la eficiencia energética, como la instalación de aislamiento térmico, sustitución de carpinterías o sistemas de climatización más eficientes.

Obras de reforma: cuándo se aplica el tipo reducido

Si la actuación no cumple los requisitos de una rehabilitación, todavía puede acogerse al IVA reducido del 10 % como obra de reforma de vivienda, siempre que se cumplan estas condiciones:

  • El inmueble se destina a uso particular (no profesional ni turístico).
  • Han pasado al menos dos años desde la finalización de su construcción.
  • El destinatario es una persona física o comunidad de propietarios.
  • El coste de los materiales aportados por el contratista no supera el 40 % de la base imponible.

En este caso, el instalador puede aplicar el 10 % de IVA siempre que el cliente firme una declaración responsable conforme al artículo 26 del Reglamento del IVA, indicando que se cumplen los requisitos.

Documentación y modelo de declaración responsable

Para facilitar el proceso de facturación, AISLA pone a disposición de los profesionales un modelo de declaración responsable que el cliente puede firmar antes de emitir la factura.
Este documento resulta esencial para justificar la aplicación del tipo reducido y evitar posibles incidencias fiscales. El texto completo incluye además:

  • Preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria.
  • Respuesta Vinculante del Ministerio de Hacienda a AISLA (septiembre 2025)
  • Informe jurídico de AGM Abogados (enero 2017).

Acceso al documento

Los asociados pueden descargar la versión completa en la Zona asociados de la web de AISLA, dentro de la carpeta “Garantía – IVA – Sujeto pasivo”.

AISLA mantiene así su compromiso de ofrecer formación, asesoramiento y recursos actualizados para los profesionales del aislamiento, contribuyendo a una práctica más segura, eficiente y alineada con la normativa vigente.

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